
Protección de una marca de servicio minorista
¿Se extiende el alcance de la protección también a los minoristas con respecto a los productos de producción propia?
En su número actual, la revista GRUR-Prax, especializada en derecho de la propiedad intelectual, ha publicado un artículo de nuestra colega y abogada Kathrin Mandel sobre derecho de marcas, en el que aborda la cuestión de si el ámbito de protección de una marca de servicios del comercio minorista incluye también los servicios que el minorista presta con respecto a los productos producidos por él mismo.
En este contexto, el 29º Senado del Tribunal Federal de Patentes emitió una decisión que se aparta de la opinión del 28º Senado. Según esta decisión, las actividades que se limitan a comerciar con productos propios o con productos del propio licenciante no constituyen servicios en el sentido de la clase 35, ya que están cubiertas por los derechos derivados del registro de marcas. Sin embargo, este cambio de dirección podría restringir demasiado la libertad de algunos fabricantes de productos, porque entonces sólo podrían defenderse de terceros mediante la protección de la reputación, lo que en la práctica sólo es posible con un esfuerzo muy grande.
Además, el componente de servicio podría verse en el hecho de que el minorista que vende sus propios productos, en primer lugar, ahorra a los consumidores uno o más viajes a diferentes tiendas para satisfacer sus necesidades y, en segundo lugar, porque da a sus clientes una experiencia de compra muy especial y ofrece un asesoramiento más personalizado y competente.
La evolución de esta jurisprudencia sigue siendo apasionante.
Si quiere saber más sobre este cambio y cómo puede afectarle, póngase en contacto con nosotros en info@balderip.com
Referencia: https://bit.ly/3EzfBQ2