Medidas adoptadas por los organismos oficiales de patentes y marcas respecto a plazos de presentación.
Posted on 18/03/2020 by balder
La situación provocada por el COVID-19 ha llevado a los distintos organismos oficiales a tomar medidas excepcionales y específicas para facilitar el cumplimiento de los plazos y mitigar los trastornos originados por la presente crisis a sus trabajadores y a los solicitantes de los distintos derechos de propiedad industrial.
La mayoría de Oficinas han optado por habilitar la conexión remota a sus trabajadores, facilitando la realización de trámites en línea. En casos aislados, se han suspendido algunas actividades hasta el restablecimiento de la normalidad, asegurando que cualquier trámite o vencimiento durante este periodo será debidamente atendido cuando se restablezcan sus servicios. El acceso al público se ha restringido en la mayoría de casos, habilitando los medios necesarios para que los solicitantes y sus representantes puedan realizar los trámites de forma telemática con total normalidad.
A continuación detallamos la situación y medidas adoptadas por los distintos organismos:
- Gobierno de España: Todos los plazos de procedimientos administrativos han sido suspendidos sine die, según el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo.
https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2020-3692 - Oficina Española de Patentes y Marcas: La OEPM se ha hecho eco del Real Decreto 463/2020,
suspendiendo todos los plazos hasta nuevo aviso, según Resolución del director de la OEPM con fecha 16 de marzo de 2020.
http://www.coapi.org/adjuntos/Reso_16_marzo%20plazos%20administrativos.pdf -
Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea (EUIPO): Se extienden todos los plazos del 9 de marzo al 30 de abril hasta el 01 de mayo de 2020, según Decision No. EX-20-3
https://euipo.europa.eu/tunnel-web/secure/webdav/guest/document_library/contentPdfs/law_and_practice/decisions_president/EX-20-03_en.pdf -
Oficina Europea de Patentes (EPO): A pesar de no haber una resolución oficial, la EPO ha publicado un borrador de lo que en principio será su comunicación oficial. En el mismo se indica que todos los plazos que terminen a partir de la publicación de la orden serán extendidos hasta el 17 de abril de 2020 (provisional).
https://www.epo.org/law-practice/legal-texts/official-journal/information-epo/archive/20200315.html
No obstante, el texto válido será el que se publique próximamente en el Boletín Oficial de la EPO (Official Journal of the EPO). -
Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (WIPO): Según las recientes publicaciones, la WIPO mantiene la normalidad en sus actividades y funciones, por lo que, salvo que se informe de lo contrario en futuras publicaciones o comunicados, los plazos actuales se mantienen.
https://www.wipo.int/portal/en/news/2020/article_0011.html - Latinoamérica: La mayoría de las oficinas de propiedad industrial de los países latinoamericanos también han extendido los plazos o han interrumpido sus funciones mientras sea oportuno. Para obtener más información sobre la actuación de las oficinas latinoamericanas, por favor consulte a su persona de contacto habitual en BALDER.
Desde BALDER queremos mandar un mensaje tranquilizador. Los plazos que venzan en estas fechas están siendo debidamente monitorizados y serán recordados o tramitados de la forma habitual.
No duden en consultarnos con cualquier duda que les pueda surgir o aclaración que precisen.
